conflicto interno

La guerra civil en Argelia. El papel de la Unión Europea ante el conflicto interno (II)

3. PRIMEROS AÑOS DE GUERRA CIVIL: LA NO POLÍTICA EUROPEA

Las relaciones entre países del Magreb y la Unión Europea comienzan a partir de los años 70, ya que anteriormente las relaciones se establecían entre estados pero no bajo una idea de comunidad, entre otros motivos porque la misma Unión Europea estaba en proceso de formación. Si las relaciones intereuropeas comenzaron a funcionar como una colectividad desde la Política Comercial Común, serán las cuestiones relacionadas con los Derechos Humanos y las libertades políticas las que irán articulando las políticas de la Unión a partir de los años 70 y sobre todo desde los años 80 como una política exterior común.

El primer acuerdo que acercará a la Unión Europea y al continente africano fue el Convenio ACP, en el que se establecían relaciones entre la Unión Europea y países africanos, además de otros caribeños y de la zona del Pacífico. En concreto, en 1978 el Consejo Europeo de Copenhague aprueba la “Declaración sobre la Democracia” por la que se establecían las normas necesarias para crear acuerdos de cooperación entre estados.

Será a partir de los años 90 cuando el sistema internacional europeo sufra una transformación interna para adaptarse a la geopolítica de aquellos momentos. Según Uruburu, será en este momento cuando el sistema regional europeo adquirirá plena consciencia de su papel como promotor de la democracia en el exterior de sus fronteras. (Ibid, 142) A partir de 1993 tras la aprobación del Tratado de Maastricht se establecerá la Política Exterior y de Seguridad Común (PESC) en principio independiente de la Política Comercial Común, aunque como veremos, en el caso de Argelia irán íntimamente ligadas.

3.1Caracterización del conflicto argelino: conflicto interno internacionalizado

El conflicto argelino desde el punto de vista de los conflictos armados y el derecho internacional, fue catalogado como un conflicto armado interno entre el poder ejecutivo y los partidarios de otras organizaciones políticas insurgentes (partidos políticos que habían sido ilegalizados). Desde el derecho internacional, los conflictos armados internos son considerados como:

• Interno. En tanto en cuanto el conflicto se produce entre grupos de un mismo Estado.
• Legales. El derecho internacional no prohíbe las guerras civiles ni los conflictos internos, ya que la prohibición del uso de la fuerza en las relaciones internacionales sólo se aplica para las relaciones entre Estados, es decir en conflictos internacionales.
• Desiguales. Las partes que se enfrentan no parten con el mismo amparo ante la ley, ya que el conflicto se establece entre Estado y rebeldes, mientras que en un conflicto internacional se enfrentan dos sujetos iguales.
• Internacionacionalizados. Esto sucede cuando una o el conjunto de las partes participantes en el conflicto se benefician de las fuerzas armadas de un tercer estado, o de los beneficios en otros sectores.
Las bases del derecho internacional en conflictos internos se asientan en la Carta de Naciones Unidas, firmada en Estados Unidos el 26 junio de 1945, y que entró en vigor el 24 de octubre de ese mismo año. Los principales artículos que afectan a los conflictos internos son el 2.4 y el 2.7. En ellos se establece que:

los Miembros de la Organización, en sus relaciones internacionales, se abstendrán de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado, o en cualquier otra forma incompatible con los Propósitos de las Naciones Unidas mientras que en el segundo se expone que ninguna disposición de esta Carta autorizará a las Naciones Unidas a intervenir en los asuntos que son esencialmente de la jurisdicción interna de los Estados, ni obligará; a los Miembros a someter dichos asuntos a procedimientos de arreglo conforme a la presente Carta; pero este principio no se opone a la aplicación de las medidas coercitivas prescritas en el Capítulo VII.

Las legislaciones internacionales que se aplican para la reglamentación de los conflictos armados internos elaboradas posteriormente a la Carta de Naciones Unidas son varias. La primera de ellas es el artículo 3, común a los Convenios de Ginebra de 1949. Para A. Mangas es la norma mínima aplicable a la generalidad de los conflictos armados internos (Mangas, 1990:67). Según el artículo 3, las situaciones de tensión internas así como los disturbios interiores no son catalogados como conflictos internos, por lo que no se les podría aplicar dicho artículo. El artículo 3 se aplica cuando la parte contendiente que no es el propio Estado, está organizada con un propósito colectivo y cuenta con una organización mínima, sin ser necesario el reconocimiento de beligerancia (si re reconociera la beligerancia se podría aplicar totalmente el Derecho de los Conflictos Armados).

La segunda de las legislaciones aplicables a los conflictos armados es el Protocolo Adicional II del 10 de junio de 1977, enunciado para especificar lo expuesto en el artículo 3. La novedad que introduce es la especificidad de lo que se entiende por conflicto interno para su aplicación del Protocolo II. Según Mangas eran:

• Que se desarrolle en el territorio de una Alta Parte Contratante.
• Que enfrente a sus Fuerzas Armadas con Fuerzas Armadas disidentes o grupos organizados.
• Que estas últimas estén bajo la dirección de un mando responsable.
• Que ejerzan control sobre una parte de dicho territorio
• Que realicen operaciones militares sostenidas y concertadas.
• Que el control sobre las fuerzas armadas disidentes o los grupos armados organizados les permita aplicar el Protocolo Adicional II. (Mangas, 1990:71)

Por otro lado, el Derecho Internacional Humanitario surge en el seno de estas legislaciones con la finalidad de establecer las normas que protejan a las víctimas de los conflictos armados. Como afirma Mangas, es la razón histórica del Derecho Internacional Humanitario, aliviar la suerte de los combatientes, de los heridos, de los enfermos y de los náufragos; la protección de la población civil y de las personas y bienes civiles y también ofrecer una protección a las personas que cuidan espiritual y sanitariamente a las víctimas (Ibid,82)

El punto de vista de Mangas es muy optimista, ya que como afirma en las conclusiones a su obra, tanto los Convenios de Ginebra de 1949, como el Protocolo Adicional II reflejaban el compromiso de los Estados a comportarse en caso de una situación de conflicto armado interno, pero el tiempo y conflictos como el de Argelia nos llevan a pensar de una forma diferente.

3.2 Relaciones Unión Europea-Argelia. Acuerdos previos al Golpe de Estado

Las políticas de actuación de los diferentes órganos de la Unión Europea serán en muchos momentos del conflicto contradictorias entre sí, dado que por un lado se encontraban las actuaciones en política económica y por otro lado las políticas que no querían entrar a gestionar un conflicto interno principalmente por no contradecir a esos organismos económicos europeos. Respecto a la actuación política, las instituciones comunitarias que intervendrán durante el conflicto argelino serán el Consejo de Ministros (que representaba los intereses de los gobiernos de los Estados miembro), la Comisión Europea (que representará el interés comunitario) y el Parlamento Europeo (que representa a los electores europeos). Por otro lado, sobre las políticas comerciales de la Unión Europea, intervendrá la Comunidad Europea, el PESC. Finalmente el Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial.

Como hemos visto en el apartado anterior, los intereses económicos en Argelia durante los años 80 eran elevados, de hecho, como afirma Uruburu, hasta la primera mitad de los años 80 la cooperación entre Comunidades Europeas y Argelia había quedado relegada a los aspectos financieros y técnicos, establecidos en el Acuerdo de Asociación de 1978 y a los sucesivos Protocolos financieros que se desarrollaban en aquel texto. (Uruburu, 2010:164) Este era uno de los motivos que explica la porqué la comunidad internacional no actuó cuando debía haberlo hecho ante la situación de violencia del año 1988. Lo que se mostró fue una actitud de espera para ver hacia dónde se dirigía la situación por sus propios medios. Además, se mantenían a la expectativa del ascenso del movimiento islamista al mismo tiempo que no se consideraba viable la acción directa, sobre todo después de la intervención Somalia y las consecuencias de la misma.

La única manifestación que se hará desde las Instituciones Europeas sobre el conflicto argelino será el comunicado que envía la Presidencia Española de la CEE al Parlamento Europeo como respuesta en el turno de preguntas que se estaban siguiendo de cerca los acontecimientos en Argelia y que algunos dirigentes de los países miembros ya habían mostrado sus opiniones al respecto de forma pública, lo que dejaba entrever que de momento, los gobiernos serían los que tratarían directamente la cuestión.

Es en estos momentos cuando, si bien el Parlamento Europeo sí muestra su preocupación en materia de violación de Derechos Humanos así como de la necesidad de un programa de reformas políticas, la Comisión y el Consejo Europeo se centrarán en los avances en materia económica. Una muestra de ello, es que los dos instrumentos que se crearán entre 1990 y 1991 serán en respuesta a estas preocupaciones económicas, por un lado el Cuarto Protocolo de Cooperación financiera y técnica, y por otro lado el Consejo Europeo concedía el 23 de septiembre un préstamo a Argelia para intentar solventar sus problemas económicos, y que seguía la línea de los préstamos firmados por el FMI y el Banco Mundial.

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La guerra civil en Argelia. El papel de la Unión Europea ante el conflicto interno (I)

Estrenamos esta semana el Golondrinas 21 una sección dedicada a la historia de Argelia, en muchos momentos compartida con España.

La  «década negra» como se refieren muchos investigadores e investigadores, a la década que ocupó la guerra civil argelina será el primer capítulo que desgranaremos durante algunas semanas con una serie de entradas. Analizaremos este conflicto en relación con la postura que tomaron algunos países de los estados miembro de la Unión Europea, así como la propia Unión.

Fotograma de la película La Batalla de Argel, G. Pontecorvo, 1965.

Fotograma de la película La Batalla de Argel, G. Pontecorvo, 1965.

1. CONTEXTO ARGELINO PREVIO AL GOLPE DE ESTADO DE 1992

Los años ochenta serán los que marcarán el destino del inicio de los noventa con el Golpe de Estado. Una vez alcanzada la independencia de Francia, Argelia optó por una economía de corte socialista similar a la de otros países de Mundo Árabe por aquel entonces. Argelia se encontraba con una economía que se sustentaba en los beneficios de los hidrocarburos, con una agricultura de monocultivo y sin recibir ningún tipo de inversión, además de enfrentarse a problemas como la falta de recursos hídricos y la cuestión de la seguridad alimentaria, ya que la presión demográfica iba en aumento y con perspectivas de seguir la misma línea de crecimiento. Ante esta situación, el presidente Benjedid (recién elegido tras la muerte de Bumedian) opta por llevar a cabo una serie de medidas que intenten solucionar estos problemas como la reestructuración de las empresas (que sufrían un fuerte endeudamiento) o la reducción de la tasa de inversión pública.

Durante estos primeros años, la sociedad argelina se debatirá entre el discurso oficial y las nuevas ideas que plantean los islamistas. El Islam se había proclamado como la religión de la República, por lo que, el descontento con las políticas gubernamentales así como la falta de justicia social dio lugar a que la sociedad se acercara al movimiento islamista que se presentaba como un pensamiento alternativo al oficial, incluso cuando aún no se había establecido como partido político sino que funcionaba como el discurso de los imanes durante los rezos del día.

A partir de 1986 será cuando la tensión aumente entre la sociedad civil y el gobierno debido al endurecimiento de la situación por varios motivos. Por un lado el endurecimiento de las medidas gubernamentales en materia económica, ya que en estos momentos el gobierno busca el crédito exterior, reparte subvenciones a las empresas públicas y reduce las grandes explotaciones agrícolas colectivas, además de reducir el gasto en protección social y en la importación de bienes alimentarios y de equipo. A estas medidas se unen otros dos hechos de carácter internacional que marcarán el curso de la economía argelina: la caída del precio de los hidrocarburos que dio lugar a que las exportaciones cayeran más de un 40% (y con ello el sustento principal de la economía argelina), y por otro lado, la devaluación del Dólar que era la moneda de cotización en los mercados internacionales. Estos dos hechos repercutieron en la economía de forma directa ya que la inflación aumentó hasta el 8´5%, aumento del desempleo pasando del 18% al 22% así como el aumento del precio de los productos alimenticios de primera necesidad. Estos hechos darían lugar a las primeras manifestaciones y revueltas en 1988.

En un primer lugar, el presidente Benjedid comunicó en un discurso televisado que el problema era a causa de los especuladores, pero en los primeros días de octubre se producirá la subida del precio de los materiales escolares, lo que dio lugar a manifestaciones y huelgas en colegios y universidades. Ante el ataque de edificios ministeriales, el gobierno decidió establecer el estado de alerta el 6 de octubre de 1988. Como afirma Frédéric Volpi por primera vez desde el fin de la guerra de independencia, las autoridades civiles quedarán bajo control militar (Volpi, 2003: 40). Un día más tarde las protestas tomarán una nueva dimensión, los líderes islámicos por primera vez organizarán a los fieles en concentraciones después de los rezos. El movimiento islámico demostró entonces ser capaz de organizar a la población y transformar el discurso hacia la política con el objetivo de conseguir concesiones por parte del gobierno.

Ante esta situación, a mediados de mes, Benjedid tuvo que dar marcha atrás en sus políticas restrictivas para buscar otras soluciones que no ahogaran a la población. La primera fue la votación en referéndum para el cargo a la presidencia (al que sólo él se presentó candidato). Esta medida respondía por un lado a resolver ciertos problemas en la división interna del FLN y por otro a intentar debilitar a la oposición, sin buscar en realidad la consecución de la apertura del sistema democrático. Benjadid fue reelegido. Meses después presentó la nueva Constitución que incluía el derecho a la creación de partidos políticos, algo que aprovecharían Abassi Madani y Ali Belhadj que meses más tarde anunciarían la creación del partido político Frente Islámico de salvación (FIS), como brazo político del movimiento religioso islamista. Será en septiembre de 1989 cuando el gobierno reconozca públicamente la legalidad del FIS así como de los partidos bereberes. Como afirma Volpi, desde el momento en el que se aprobó la Constitución en febrero de 1989 hasta las elecciones de junio de 1990 se registraron oficialmente 14 nuevos partidos políticos, mientras que para el mismo periodo, entre las elecciones de junio de 1990 y las elecciones de diciembre de 1991 se crearon 36 nuevos partidos.  Ésta junto a otras medidas políticas tomadas por Benjadid significaron como afirma Bustos, el fin al sistema de partido único, al monopolio comercial del Estado y, en general, a la supremacía de los principios socialistas. (Bustos, 2007: 48) Fue entonces cuando el proceso democratizador en Argelia parecía que tendría un final positivo dado que el ambiente se había calmado y el gobierno daba señales de adaptar el sistema hacia el orden democrático.

En el ámbito económico, las medidas tomadas por Benjadid también supusieron un giro en las políticas económicas tradicionales. Por un lado se buscó la manera de conseguir financiación acudiendo a los países del Mediterráneo pertenecientes a la Comunidad Económica Europea, socios tradicionales como venían siendo España o Francia que eran los principales países compradores de las exportaciones de gas argelinas. En este sentido, ya a finales de 1988 Francia concederá su financiación en forma de créditos, mientras que España en 1989 concedía un préstamo de 380 millones de dólares renovable por dos años más. Por otro lado, el gobierno decide ponerse en contacto con un organismo hasta entonces vetado en sus negociaciones por considerarlo un órgano del imperialismo, el Fondo Monetario Internacional. Argelia había rechazado solicitarles ayuda debido a que las condiciones que imponía el FMI a la hora de conceder créditos exigían al gobierno del país receptor una limitación de la soberanía interna en el sentido de que las políticas internas debían cumplir unas condiciones externas. Como explica Uruburu las opciones del gobierno pasaban, por lo tanto, bien por suspender el pago de la deuda externa, lo que implicaba irrumpir el acceso al crédito internacional, o bien romper con uno de los pilares ideológicos del FLN, como era el de la plena soberanía nacional, frente a las naciones que, precisamente aportaban mayores cuotas y dominaban las instituciones de Bretton Woods. (Uruburu, 2010:49)
Finalmente el 31 de mayo de 1989, Argelia firma un acuerdo por el que recibe un préstamo del 187 millones de dólares para llevar a cabo un programa de reformas económicas, y otro préstamo de 378 millones destinados a la importación de bienes de primera necesidad. Este acuerdo previo fue seguido por otro acuerdo firmado el 3 de junio de 1991, por el que se recibía otro préstamo de 404 millones de dólares, a cambio de que se tomaran medidas para la liberalización del comercio exterior, la depreciación del dinar o la racionalización del sistema fiscal entre otros, lo que en definitiva significaba aceptar las reglas del FMI a costa de endurecer las políticas y costes sociales.

Todas estas reformas económicas, que la mayoría de la sociedad civil no entendía, no tenían reflejo en mejoras de cara a la sociedad, por lo que en las elecciones locales de 1990, el FIS consiguió la victoria en varias de las localidades más representativas de Argelia como Orán, Argel o Constantina, mientras que en las elecciones regionales, el FIS se impuso obteniendo el 57´44% de los votos. La sociedad se encontró por un lado con el gobierno tradicional que no acababa de llevar a cabo políticas que resolvieran los problemas estructurales del país ni siquiera con las relaciones internacionales que se mantenían, mientras que el partido islamista parecía poder desenvolverse y garantizar unos mínimos servicios sociales. Por otro lado, los islamistas comenzaban a mirar al exterior hacia países con gobiernos que pudieran ser aliados en su línea política, algo que comenzó a preocupar a a la comunidad internacional.

El gobierno comenzó a reprimir al FIS en octubre de 1991 de cara a las elecciones parlamentarias que tendrían lugar en diciembre del mismo año. Comenzaría el FLN su represión con la redacción de la Ley Electoral que se publicaba a principios de 1991, elaborada sin ningún tipo de consulta al resto de grupos, una ley que favorecía la permanencia del partido actual en el gobierno, lo que dio lugar a la justificación del FIS para salir a la calle y reclamar a la sociedad civil a que se manifestara ante la anticonstitucionalidad de la Ley Electoral de 1991. Tras tres meses en los que se había declarado el Estado de Sitio, finalmente se llegó a un pacto que permitió que se celebrara la primera vuelta de las elecciones parlamentarias el 26 de diciembre de 1991. El resultado mostrará claramente el castigo que la sociedad impuso al FLN que obtuvo 16 escaños frente a los 188 conseguidos por el FIS. El FLN ante esta situación sólo le quedaban dos opciones, como afirma Uruburu, aceptar el resultado de las elecciones y desarrollar una experiencia de cohabitación en el poder con el FIS , al menos durante los casi dos años que aún restaban a Benjadid en la Presidencia de la República, o bien declarar las elecciones nulas y repetir la situación vivida en 1965, es decir, el Golpe de Estado.

El 11 de enero de 1992, Benjedid será destituido por el Ministro de Defensa Jalid Nizzar produciéndose el Golpe de Estado. Si bien el ejército quiso evitar que se hablara de Golpe de Estado y que pareciese un acto totalmente legal y constitucional. El ejército promulgó que el poder político quedaba en manos del Alto Consejo de Seguridad, compuesto por civiles y que estaba reconocido en el artículo 162 de la Constitución de 1989. Pero éste era un órgano consultivo, no ejecutivo, de manera que las dos decisiones clave que tomó este órgano no eran constitucionales a saber, la anulación de las elecciones legislativas que estaban previstas para el 16 de enero de 1992, así como la creación del Alto Consejo de Estado se encargaría del gobierno temporal. Finalmente, el siguiente paso que daría lugar al levantamiento fue la ilegalización del FIS en febrero de 1992.

Como afirma Uruburu, no sólo se estaba enterrando un proceso político de democratización pionero en el Magreb sino que se estaba abriendo la puerta para una confrontación civil que, a lo largo de casi una década y sin un final definido, provocará mas de cien mil muertos. Un proceso en el que se violarían gran parte de los Derechos Humanos a los que la comunidad internacional no prestaría gran atención ya que se encontraba en esos momentos, pendiente de otros conflictos, en lo que se refiere a la cuestión jurídica y política, ya que en la cuestión económica hemos podido ver como sí estaba atenta a la cuestión sobre todo por sus intereses económicos.

Fuentes:

1. Uruburu, J.M. (2010) Los países del Magreb en las relaciones euromediterráneas. Fénix Editora.
2. Volpi, F. (2003) Islam and democracy. The failure of dialogue in Algeria. Pluto Press, London.

3.Bustos, R. (2007) La política árabe y mediterránea de España. España y la promoción de la gobernanza en Argelia. Revista Cidob d´Afers Internacionals 79-80. Fundación CIDOB, Barcelona.