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Revista Pueblos

Reblog: Lo más peligroso es la islamofobia

Por desgracia los acontecimientos mandan y en muchas ocasiones, no en la dirección que nos gustaría. Teníamos una nueva serie pensada para iniciar el año, pero creemos que no es momento. Ese espacio queremos dedicarlo a conpartir éste artículo que publicaban hoy mismo en Revista Pueblos sobre lo sucedido ayer en París en la sede de Charlie Hebdo. Compartimos en Golondrinas 21 el artículo completo al que puedes acceder en su sitio original pinchando aquí.

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Lo más peligroso es la islamofobia

El atentado fascista en París contra la redacción del semanario ‘Charlie Hebdo’, que ha arrebatado la vida a 12 personas, entre ellas a los cuatro dibujantes Charb, Cabú, Wolinsky y Tignous, deja una doble o triple sensación de horror, pues está agravada por una especie de eco amargo y sucio y por una sombra de amenaza inminente y general. Está sin duda el horror de la matanza misma por parte de unos asesinos que, con independencia de sus móviles ideológicos, se han situado a sí mismos al margen de toda ética común y por eso mismo fuera de todo marco religioso, en su sentido más estricto y preciso.

Pero está también el horror de que sus víctimas se dedicaran a escribir y a dibujar. No es que uno no pueda hacer daño escribiendo y dibujando -enseguida hablaremos de esto-; es que escribir y dibujar son tareas que una larga tradición histórica compartida sitúa en el extremo opuesto de la violencia; si se trata además de la sátira y el humor, nadie nos parece más protegido que el que nos hace reír. En términos humanos, siempre es más grave matar a un bufón que a un rey porque el bufón dice lo que todos queremos oír -aunque sea improcedente o incluso hiperbólico- mientras que los reyes sólo hablan de sí mismos y de su poder. El que mata a un bufón, al que hemos encomendado el decir libre y general, mata a la humanidad misma. También por eso los asesinos de París son fascistas. Sólo los fascistas matan bufones. Sólo los fascistas creen que hay objetos no hilarantes o no ridiculizables. Sólo los fascistas matan para imponer seriedad.

Pero hay un tercer elemento de horror que tiene que ver menos con el acto que con sus consecuencias. Ahora mismo -lo confieso- es el que más miedo me da. Y es urgente advertir de lo que nos jugamos. Lo urgente no es impedir un crimen que ya no podemos impedir; ni tampoco condenar asqueados a los asesinos. Eso es normal y decente, pero no urgente. Tampoco, claro, espumajear contra el islam. Al contrario. Lo verdaderamente urgente es alertar contra la islamofobia, precisamente para evitar lo que los asesinos quieren -y están ya consiguiendo- provocar: la identificación ontológica entre el islam y el fascismo criminal. La gran eficacia de la violencia extrema tiene que ver con el hecho de que borra el pasado, el cual no puede ser evocado sin justificar de alguna manera el crimen; tiene que ver con el hecho de que la violencia es actualidad pura, y la actualidad pura está siempre preñada del peor futuro imaginable. Los asesinos de París sabían muy bien en qué contexto estaban perpetrando su infamia y qué efectos iban a producir.

El problema del fascismo y de su violencia actualizadora es que se trata siempre de una respuesta. El fascismo está siempre respondiendo; todo fascismo se alimenta de su legitimación reactiva en un marco social e ideológico en el que todo es respuesta y todo es, por tanto, fascismo. El contexto europeo (pensemos en la Alemania anti-islámica de estos días) es la de un fascismo rampante. En Francia concretamente este fascismo blanco y laico tiene algunos valedores intelectuales de mucho prestigio que, a la sombra del Frente Nacional de Le Pen, llevan calentando el ambiente desde púlpitos privilegiados a partir del presupuesto, enunciado con falso empirismo y autoridad mediática, de que el islam mismo es un peligro para Francia.

Pensemos, por ejemplo, en la última novela del gran escritor Houellebecq, Sumisión (traducción literal del término árabe “islam”), en la que un partido islamista gana al Frente Nacional las elecciones de 2021 e impone la “charia” en la patria de Las Luces. O pensemos en el gran éxito de las obras del ultraderechista Renaud Camus y del periodista político del diario Le Figaro Eric Zemour. El primero es autor de Le grand remplacement, donde se sostiene la tesis de que el pueblo francés está siendo “reemplazado” por otro, en este caso -obviamente- compuesto de musulmanes extraños a la historia de Francia. El segundo, por su parte, ha escrito El suicidio francés, un gran éxito de ventas que rehabilita al general Petain y describe la decadencia del Estado-Nación, amenazado por la traición de las élites y por la inmigración. Hace unos días en Le Monde el escritor Edwy Plenel se refería a estas obras como depositarias de una “ideología asesina” que “está preparando Francia y Europa para una guerra”: una guerra civil- dice- “de Francia y Europa contra ellas mismas, contra una parte de sus pueblos, contra esos hombres, esas mujeres, esos niños que viven y trabajan aquí y que, a través de las armas del prejuicio y la ignorancia, han sido previamente construidos como extranjeros en razón de su nacimiento, su apariencia o sus creencias”.

Este es el fascismo que estaba ya presente en Francia y que ahora “reacciona” -puro presente- frente a la “reacción” -pura actualidad asesina- de los islamistas fascistas de París. Da mucho miedo pensar que a las 7 de la tarde, mientras escribo estas líneas, el trending topic mundial en twitter, tras el tranquilizador y emocionante “yo soy Charlie”, es el terrorífico “matar a todos los musulmanes”. La islamofobia tiene tanto fundamento empírico -ni más ni menos- que el islamismo yihadista; los dos, en efecto, son fascismos reactivos que se activan recíprocamente, incapaces de hacer esas distinciones que caracterizan la ética, la civilización y el derecho: entre niños y adultos, entre civiles y militares, entre bufones y reyes, entre individuos y comunidades. “Matad a todos los infieles” es contestado y precedido por “matad a todos los musulmanes”. Pero hay una diferencia. Mientras que se exige a todos los musulmanes del mundo que condenen la atrocidad de París y todos los dirigentes políticos y religiosos del mundo musulmán condenan sin excepción lo ocurrido, el “matad a todos los musulmanes” es justificado de algún modo por intelectuales y políticos que legitiman con su autoridad institucional y mediática la criminalización de cinco millones de franceses musulmanes (y de millones más en toda Europa). Esa es la diferencia -lo sabemos históricamente- entre el totalitarismo y el delirio marginal: que el totalitarismo es delirio naturalizado, institucionalizado, compartido al mismo tiempo por la sociedad y por el poder. Si recordamos además que la mayor parte de las víctimas del fascismo yihadista en el mundo son también musulmanas -y no occidentales- deberíamos quizás medir mejor nuestro sentido de la responsabilidad y de la solidaridad. Pinzados entre dos fascismos reactivos, los perdedores son los de siempre: los inmigrantes, los izquierdistas, los bufones, las poblaciones de los países colonizados. Una de las víctimas de los islamistas, por cierto, era policía, se llamaba Ahmed Mrabet y era musulmán.

Del yihadismo fascista no espero sino fanatismo, violencia y muerte. Me repugna, pero me da menos miedo que la reacción que precede -valga la paradoja einsteiniana- a sus crímenes. El “matad a todos los musulmanes” está de algún modo justificado por los intelectuales que “preparan la guerra civil europea” y por los propios políticos que responden a los crímenes con discursos populistas religiosos laicos. Cuando Hollande y Sarkozy hablan de “un atentado a los valores sagrados de Francia” para referirse a la libertad de expresión, están razonando del mismo modo que los asesinos de los redactores del Charlie Hebdo. No acepto que un francés me diga que defender los valores de Francia implica necesariamente defender la libertad de expresión. Por muy laica que se pretenda, esa lógica es siempre religiosa. No hay que defender Francia; hay que defender la libertad de expresión. Porque defender los valores de Francia es quizás defender la revolución francesa, pero también Termidor; es defender la Comuna, pero también los fusilamientos de Thiers; es defender a Zola, pero también al tribunal que condenó a Dreyfus; es defender a Simone Weil y René Char, pero también el colaboracionismo de Vichy; es defender a Sartre, pero también las torturas de la OAS y el genocidio colonial; es defender mayo del 68, pero también los bombardeos de Argel, Damasco, Indochina y más recientemente Libia y Mali. Es defender ahora, frente al fascismo islamista, la igualdad ante la ley, la democracia, la libertad de expresión, la tolerancia y la ética, pero también defender la destrucción de todo eso en nombre de los valores de Francia.

Da mucho miedo oír hablar de “los valores de Francia”, “de la grandeza de Francia”, de ”la defensa de Francia”. O defendemos la libertad de expresión o defendemos los valores de Francia. Defender la libertad de expresión -y la igualdad, la fraternidad y la libertad- es defender a la humanidad entera, viva donde viva y crea en el dios que crea. La frase de “los valores de Francia” pronunciada por Le Pen, Hollande, Sarkozy o Renaud Camus no se distingue en nada de la frase “los valores del islam” pronunciada por Abu Bakr Al-Baghdadi. Son en realidad el mismo discurso frente a frente, legitimado por su propia reacción asesina, que bombardea inocentes en un lado y ametralla inocentes en el otro. Pierden los de siempre, los que pierden cuando dos fascismos no dejan en medio ni el más pequeño resquicio para el derecho, la ética y la democracia: los de abajo, los de al lado, los pequeños, los sensatos. De eso sabemos mucho en Europa, cuyos grandes “valores” produjeron el colonialismo, el nazismo, el estalinismo, el sionismo y el bombardeo humanitario.

Mal empieza 2015. En 1953, “refugiado” en Francia, el gran escritor negro Richard Wright escribía contra el fascismo que “temía que las instituciones democráticas y abiertas no sean más que un intervalo sentimental que preceda al establecimiento de regímenes incluso más bárbaros, absolutistas y pospolíticos”. Protegernos del fascismo islamista es proteger nuestras instituciones abiertas y democráticas -o lo que queda de ellas- del fascismo europeo. La islamofobia fascista, en Europa y en las “colonias”, es la gran fábrica de islamistas fascistas y una y otro son incompatibles con el derecho y la democracia, los únicos principios -que no “valores”- que podrían aún salvarnos. Buena parte de nuestras élites políticas e intelectuales están más bien interesadas en todo lo contrario.

Descansen en paz nuestros alegres y valientes compañeros bufones del Charlie Hebdo. Y que nadie en su nombre levante la mano contra un musulmán ni contra el derecho y la ética comunes. Esa sí sería la verdadera victoria de los fascismos de los dos lados.

Autor: Santiago Alba Rico

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Militares y tanques en calles de Argelia en 1991 durante la guerra civil

LA GUERRA CIVIL EN ARGELIA. EL PAPEL DE LA UNIÓN EUROPEA ANTE EL CONFLICTO INTERNO (V)

Concluimos con esta última entrada el repaso a la actuación internacional durante el periodo de la guerra civil argelina en los años noventa publicado como serie, que tenéis disponible al completo en la categoría Argelia/ «historia».

4.3.Ley de Concordia Civil
El proyecto de Ley de Concordia Civil, que era parte de la propuesta electoral de Bouteflika, comenzaría a llevarse a cabo después de que la sección armada del FIS enviara un comunicado a través de su representante M.Mezrag, anunciando el cese de la actividad armada de su grupo. Ante este comunicado se comenzaría a redactar el texto del proyecto de ley que ya avanzaría Bouteflika en un discurso previo.

La ley cuenta con un capítulo de disposiciones generales formado por dos artículos, más otros tres capítulos que añaden las disposiciones específicas sobre la exoneración de la persecución, la probación y la reducción de penas. Los aspectos más significativos de esta ley se reflejaron en los artículos siguientes:

<< Articulo 1. Capítulo I, Disposiciones Generales. Esta ley se inscribe en un contexto de gran deseo de restablecimiento de la concordia civil y con el objeto de instituir las medidas particulares encaminadas a desbloquear salidas apropiadas a aquellas personas implicadas en actos de terrorismo o subversión que expresen su voluntad de detener, con toda consciencia, sus actividades criminales y darles la oportunidad de concretar esta aspiración por la vía de la reinserción civil en la sociedad.
Artículo 3. Capítulo II, Disposiciones Específicas. No ha de ser perseguida aquella persona que habiendo formado parte de una de las organizaciones especificadas en el Artículo 87 bis 3 del Código penal (**), tanto al interior como en el exterior del país, no haya cometido o participado en la comisión de uno de los delitos especificados en el Artículo 87 bis del Código penal, es decir, que hay implicado la muerte de una persona o su discapacidad permanente, la violación o que haya utilizado explosivos en lugares públicos o frecuentados por el público. Estas personas tienen seis meses a partir de la promulgación de la ley para avisar a las autoridades competentes el cese de toda actividad terrorista o subversiva y para su presentación espontánea ante las autoridades competentes.
Articulo 7. Capítulo III, Disposiciones Específicas. Son excluidas del beneficio de las disposiciones de este artículo, las personas que hayan cometido o participado en crímenes que hayan supuesto la muerte de personas, masacres colectivas, atentado con explosivos en lugares públicos o con afluencia de público o violaciones.
Artículo 27. Capítulo IV, Disposiciones Específicas. Las personas que hayan formado parte de una de las organizaciones nombradas en el Artículo 87 bis 3 del Código penal, que hayan avisado del cese de toda actividad terrorista o subversiva y que se hayan presentado espontáneamente a las autoridades competentes durante los 3 meses posteriores a la promulgación de esta ley, y que no hayan sido admitidos en el régimen de probación (probation) y que no hayan cometido masacres colectivas ni utilizado explosivos en lugares públicos ni frecuentados por el público, se han de beneficiar de una reducción de penas en las condiciones siguientes:
– La reclusión por un periodo de 12 años como máximo para aquellas personas a las que la pena máxima prevista por la ley se la pena de muerte o la cadena perpetua.- La reclusión por un periodo de 7 años como máximo para aquellas personas a las que la pena máxima prevista por la ley sea superior a 10 años e inferior a 20.- La prisión por un máximo de 3 años como máximo para aquellas personas a las que la pena prevista por la ley sea de 10 años >>

Como vemos en los diferentes artículos, en la ley quedaban reflejados los pasos a dar de cara a los individuos que habían participado en el conflicto de una forma u otra y de los cuales muchos eran presos políticos, siempre haciendo hincapié en que se aplicarían estas medidas a las personas que no hubieran participado en actos que hubieran causado la muerte de una o más personas.

La ley no se aprobó con facilidad, ya que si bien miembros del FIS, el EIS, o el El Movimiento Argelino de Oficiales Libres (MOAL) apoyó el proyecto de ley, otros grupos no lo hicieron. Hocine Aït Ahmed, jefe del FFS, quería conocer el texto antes de firmarlo, Abdelkader Hachani, número tres del FIS, así como otros dirigentes del partido también rechazaron el proyecto así como el GIA, que sólo lo aceptaría si se incluían unas cláusulas específicas para los miembros de su organización, tales como integración de sus hombres en las filas de las fuerzas de seguridad o la libertad de todos sus militantes presos en Argelia y en el extranjero. Finalmente, con 131 votos la ley saldría adelante aprobándose el 13 de julio de 1999, aunque no se haría efectiva hasta el 13 de enero de 2000.

Una vez aprobada la ley, el gobierno de Bouteflika decidió convocar un referéndum para conocer si la población aceptaba la Ley de Concordia Civil. Como afirma Uruburu, el 16 de septiembre de 1999 los argelinos fueron llamados a rendirse a las urnas en el marco de un “referéndum popular” con el objeto de pronunciarse sobre un proyecto de ley de la “Concordia Civil”. Sometiendo la ley de Concordia Civil a un referéndum se contribuyó, en cierto modo, a legitimar y reforzar la posición del presidente Bouteflika, elegido en una situación polémica después de la retirada de los seis candidatos que competían con él en las elecciones presidenciales del 15 de abril de 1999. (Uruburu, 2010:29)
El referéndum fue positivo ya que obtuvo el 97´78% de participación por el sí, a pesar de que la abstención fue de un 60% de la población. También fue importante el peso de los argelinos emigrados que superó el 60% contando con que sólo en Francia residían 700.000 argelinos.

El asesinato el 22 de noviembre de 1999 de A. Hachani, número 3 del FIS y opositor de la Ley de Concordia Civil hizo pensar que el proceso corría peligro, ya que pese a que el detenido como autor del asesinato no tenía, en apariencia, nada que ver con la política, los partidarios de la negación del gobierno de Bouteflika le achacaron el asesinato. Pese a todo, el proceso siguió adelante significando el inicio del proceso de paz en Argelia.

Todo no fue idílico como podría parecer en el proceso de paz y en la aprobación de la Ley de Concordia Civil. El proceso ha sido considerado por los especialistas como un fracaso para los islamistas así como la forma de que el gobierno de Bouteflika consiguiera una legitimidad de la sociedad civil y de la comunidad internacional que antes no tenía. Como se explica en la obra coordinada por Tóni Jiménez Luque titulada La concordia civil argelina a través de la prensa española, la ley de Concordia no era sino la revisión de una ley de clemencia vigente desde 1995 (Rahma), centrándose en el ámbito policial y de seguridad sin que se llegara a ningún tipo de legislación en cuestión política, y tampoco se tomaban acciones que sacaran a la luz los abusos cometidos durante el conflicto. El referéndum por otro lado, sirvió, según Gema Martín Muñoz, de plebiscito para compensar la legitimidad del proceso electoral en el que Buteflika fue elegido jefe del Estado. Sirvió asimismo para ocultar una vez más las voces de la oposición real del país, blanquear la imagen del régimen, sobre todo en el exterior, tras una campaña electoral presidencial en la que el tema central no fue la dimensión islamista-seguridad sino la corrupción del régimen y su responsabilidad en la violencia. (Jiménez, 2009:37)

CONCLUSIÓN

Tras el proceso de paz, Argelia ha conseguido reducir la inseguridad en su territorio hasta el punto de que hoy en día ya no se considera una zona de riesgo para los civiles argelinos ni para ciudadanos extranjeros que residen o llevan acabo sus negocios en el país africano. Pero ¿cuál es la conclusión que podemos extraer de este proceso en cuanto a la utilidad del derecho internacional en un conflicto interno? Que después de todo, los Estados son los que siguen teniendo la potestad sobre sus conflictos internos y no hay manera de actuar en ellos de una forma internacional ni siquiera apelando al Derecho Internacional Humanitario. Entre otros motivos porque, en definitiva, se trata de legislaciones elaboradas por Estados miembros con intereses particulares en los conflictos, por un lado y por otro por la falta de unión entre los estados para funcionar como un grupo o comunidad internacional real. El derecho internacional humanitario es el que está presionando con mayor fuerza en el debate de si el derecho internacional debe tener capacidad de legislación en conflictos internos o por si por el contrario se trata de algo inviable, y por tanto responsabilidad única de los propios estados.

Como afirma Ximena Fuentes, en la actualidad, no existe todavía ninguna norma internacional general que disponga cómo los respectivos Estados deben incorporar el derecho internacional en los sistemas jurídicos domésticos. De hecho, ni siquiera existe la obligación general de hacer que el derecho internacional ingrese al derecho interno. (Fuentes, 2007) Para Fuentes, la única vía para que los estados pongan límites a sus procesos legislativos internos es que incluyan en sus constituciones el reconocimiento jerárquico de los tratados internacionales, haciendo referencia al artículo 18 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados.

Pero el derecho internacional es elaborado por los Estados miembros que se rigen por una política internacional. Esta política internacional se asienta en la estrategia de los beneficios propios, de las naciones fuera del ámbito de la comunidad internacional, algo que no encaja con los principios bajo los que se formuló la Carta de Naciones Unidas. Esto explica porque, durante los años del conflicto argelino y en la misma actualidad, no existe una fórmula de obligación jurídica a la asistencia de los estados que lo necesiten, ya sea por conflictos internos o por otras cuestiones.

En los años del conflicto argelino, todavía no se había formulado el concepto de responsabilidad de proteger que se formularía en 2001 en el Informe de la Comisión Internacional sobre Intervención y Soberanía de los Estados, en el que se sostenía que cuando un estado no quiera o no pueda evitar graves daños a su población producto de una guerra civil, una insurrección, la represión ejercida por el propio estado o el colapso de sus estructuras, entonces, la responsabilidad de proteger autoriza la intervención del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, primando sobre el principio de no intervención. (Fuentes, 2007:23) Pese a esta formulación, la situación ha continuado igual, como se pudo constatar ante los hechos en la Guerra de Iraq. La explicación de porqué pasa esto no podía dejarla más clara Ximena Fuentes en su artículo, las Naciones Unidas se resisten a jugar un papel irrelevante en la política internacional. La responsabilidad de proteger es un intento por mantener el neocolonialismo dentro del sistema de las Naciones Unidas. (Ibid, 26) Además, añade otra argumentación interesante haciendo referencia a Koskenniemi, y es que el derecho internacional de los derechos humanos mismo es susceptible de ser criticado por su afán de imponer derechos universales al margen de las realidades políticas internas, porque el resultado es colonizar la cultura política con un lenguaje tecnocrático que deja poco espacio para la articulación de las diversas concepciones del bien que existen en cada sociedad.

Bajo esta argumentación, se entiende claramente la actuación que los organismos internacionales mantuvieron ante el conflicto armado interno argelino, primero se optó por un periodo de observación del conflicto manteniéndose al margen, para después intervenir ante la petición de algunos de los estados miembro y por propios intereses, entre ellos el ya mencionado miedo al auge del movimiento islamista.

BIBLIOGRAFÍA COMPLETA

1. Uruburu, J.M. (2010) Los países del Magreb en las relaciones euromediterráneas. Fénix Editora.
2. Volpi, F. (2003) Islam and democracy. The failure of dialogue in Algeria. Pluto Press, London.
3. Jimenez ,T. (coord) (2009) La concordia civil argelina a través de la prensa española. Inrevés Edicións, Barcelona.
4. Mangas, A. (1990) Conflictos armados internos y derecho internacional humanitario. Ediciones Universidad de Salamanca, Salamanca.
5. Bustos, R. (2007) La política árabe y mediterránea de España. España y la promoción de la gobernanza en Argelia. Revista Cidob d´Afers Internacionals 79-80. Fundación CIDOB, Barcelona.
6. Fuentes,X. (2007) El derecho internacional y el derecho interno: definitivamente una pareja dispareja. Publicación electrónica en http://www.law.yale.edu/documents/pdf/sela/ XimenaFuentes __Spanish_.pdf
7. Bonvicini, C. (coord.) (1992) European political cooperationdocumentation bulletin. European University Institute y Institut für Europäische Politik. Florence/Bonn.
8. Barreñada, I (2003) La asociación euromediterránea y su dimensión social. Compendio de documentos. Foro Sindical Euromed. Madrid.
9. Uruburu, M (2011) La dimensión política en en las relaciones Unión Europea-Argelia: crisis y normalización. Revista electrónica UNISCI Discussion Papers.
10. (E/CN.4/1998/NGO/9326 de marzo de 1998) Cuestión de la violación de los derechos humanos y las libertades fundamentales en cualquier parte del mundo, especialmente en lospaíses y territorios coloniales y dependientes.